¿Cómo Declarar Bienes Raíces y sus Impuestos en Chile?

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Las personas o empresas que tengan bienes raíces deben declarar impuestos con base a los ingresos obtenidos de sus propiedades. Más aún, cuando se aproxima la Operación Renta en marzo de cada año, por lo que se debe tener todo preparado para pagar los impuestos a tiempo.

Arriendo de propiedades

Por ejemplo, si tienes una propiedad arrendada a un tercero, esta se considera un bien de inversión debido a la rentabilidad que genera. En este caso, se aplica un impuesto del 25%.

Este tributo debe ser agregado a la declaración del impuesto anual a la renta, que se realiza en abril de todos los años. Dependiendo del monto, puede aumentar considerablemente la deuda tributaria que se tenga que pagar.

Los impuestos que afectan al arriendo de inmuebles son el impuesto global complementario y el de primera categoría. El primero establece una tabla de niveles clasificados por montos, que representan los ingresos obtenidos en el año fiscal (del 1º de enero hasta el 31 de diciembre).

Por lo tanto, si se recibieron $200.000 por concepto de arriendo, hay que sumar esa cantidad a las ganancias recibidas en el año. Y además indicar bien en el formulario que se trata de arriendo.

Con respecto al impuesto de primera categoría, se refiere a una clasificación que engloba a todas las rentas producto del capital, es decir, de las utilidades que produzca algo que se haya comprado antes.

Por cierto, al momento de llenar la documentación tributaria se debe tener cuidado para no cometer ningún error que pueda costar a futuro. Para evitar ese tipo de cosas, es aconsejable contar con los servicios de un contador.

Venta de propiedades

En este caso hay dos impuestos que podrían aplicarse a la enajenación o venta de bienes raíces: el IVA y el impuesto sobre la renta.

Si la persona que vende la propiedad la obtuvo como herencia, no se le cobra el IVA, ya que no se considera como un vendedor, de acuerdo al artículo 2 de la Ley 825. Se sobreentiende que el heredero recibió el bien por el derecho legítimo que tiene, y no con la intención de que lo vendiera.

Por el contrario, si una persona natural compra un bien y lo vende en menos de un año, debe pagar IVA. La única forma de evitar este pago es demostrar ante las autoridades que no lo compró con ánimos de venderlo.

Con relación al impuesto a la renta, el Estado cobra un 10% de impuesto a toda enajenación de bienes raíces. A menos que el vendedor tenga una relación con el comprador, que puede ser familiar o como socios.

Sea cual sea el caso, lo mejor es seguir los consejos profesionales de un contador para asegurarse de que los montos de cada transacción estén correctos.

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